FALLOS FECHA N° 6 - T.A. 2025

UDL Nogoyá-Victoria Torneo Apertura 2025


Nogoyá, 28 de Mayo de 2025

VISTO Y CONSIDERANDO.-

Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA DE LIGAS NOGOYÁ - VICTORIA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino.

RESUELVE:
A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:

Primera División

Aplicar al jugador, camiseta N° 3, SEGURA NESTOR, DNI 36.478.460, del CLUB ATLETICO LUCAS GOZALEZ, dos fechas (2) de suspensión según Art. 200 Inc. A, pto. 3 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al jugador, camiseta N° 7, SAUCEDO SEBASTIAN, DNI 36.381.454, del CLUB ATLETICO LUCAS GOZALEZ, dos fechas (2) de suspensión según Art. 204 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al jugador, camiseta N° 1, WATCHMEISTER BENJAMIN, DNI 44.440.878, del CLUB ATLETICO LUCAS GOZALEZ, una fecha (1) de suspensión según Art. 207 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al Sr. RUEDA ERNESTO, DNI 28.355.325, del cuerpo técnico del CLUB DEPORTIVO LIBERTAD NOGOYA, dos fechas (2) de suspensión según Art. 186 y 260 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al Sr. REYES LUIS, DNI 32.105.123, del cuerpo técnico del CLUB DEPORTIVO LIBERTAD NOGOYA, dos fechas (2) de suspensión según Art. 186 y 260 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al jugador, camiseta N° 14, MONTOJO EXEQUIEL, DNI 46.467.986, del CLUB DEPORTIVO LIBERTAD NOGOYA, una fecha (1) de suspensión según Art. 186 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


Aplicar al jugador, camiseta N° 3, NUÑEZ EXEQUIEL, DNI 47.327.364, del CLUB ATLETICO BANFIELD, una fecha (1) de suspensión según Art. 207 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al Sr. ERHARDT MATIAS, DNI 29.519.653, del cuerpo técnico del CLUB ATLETICO Y DEPORTIVO ROMA, una fecha (1) de suspensión según Art. 186 y 260 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


Aplicar al Sr. MIÑO FABRICIO, DNI 39.684.881, del cuerpo técnico del CLUB ATLETICO Y DEPORTIVO ROMA, suspensión provisoria. Correr vista al Club Roma para el descargo de la expulsión del Sr. Miño. Correr vista al Sr. Godoy Brian, árbitro del encuentro para que ratifique o rectifique la identidad del jugador y la agresión que sufrió (ampliación de informe) motivo del reclamo del Club Roma por la identidad del expulsado.

Aplicar al Sr. GODOY EDUARDO, DNI 35.273.330, del cuerpo técnico del CLUB SIRIO LIBANES, una fecha (1) de suspensión según Art. 186 y 260 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Rectificación del informe del partido Club A. y D. Roma vs Sportivo Victoria. El Sr. Godoy Brian, árbitro del partido, informa que el expulsado es el Sr. Schab Matias, DNI 24.590.911, integrante del cuerpo técnico del Club Roma.
Por este motivo, este Tribunal resuelve:
1- Dejar sin efecto la suspensión provisoria al Sr. Miño Fabricio DNI 39.684.881
2- Correr vista al Club A. y Deportivo Roma para defensa del Sr. Schab Matias DNI 24.590.911, otorgándosele dos días a partir de publicado el fallo para presentar pruebas para su defensa.

SUB 23

Aplicar al Sr. MOLINI HECTOR, DNI 30.206.765, del cuerpo técnico del CLUB ATLETICO LUCAS GONZALEZ, una fecha (1) de suspensión según Art. 207 y 260 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


Por pedido del Sr. José Ignacio Álvarez, titular del D.N.I. 29.134.613 y de la Presidenta del Club Deportivo y Cultural Hernández, Srta. Natalia Stoll, este Tribunal toma la determinación de revisar la sanción disciplinaria que recae sobre el Sr. José Ignacio Alvarez.

Habiendo este Tribunal recibido nuevas pruebas y registros en videos y declaraciones de lo sucedido en los incidentes ocurridos donde se aplicó dicha sanción, además teniendo como atenuante la anulación de la denuncia efectuada por el damnificado, y teniendo en cuenta el buen comportamiento y desempeño profesional en las categorías infanto juveniles del Club Deportivo y Cultural Hernández, según consta en la nota de referencia, y asumiendo el compromiso de seguir por la misma senda de comportamiento ante nuestro fútbol liguista, es que, este Tribunal resuelve:

Dar por cumplida la sanción que le aplicara la Unión Deportiva de Ligas al Sr. José Ignacio Álvarez, titular del D.N.I. 29.134.613 el día 31 de diciembre del año 2025, según los artículos 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal del Fútbol Argentino.


TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel – Taborda Tomás


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