Fallos Fecha Nº 11 Torneo Anual 2023
UDL Torneo Anual 2023
Nogoyá, 27 de julio de 2023.-
NOTAS ENTRADAS:
Descargo presentado por el 9 de Julio.
Descargo presentado por el Club Peñarol en tiempo y forma.
Descargo presentado por el Club Sirio Libanes en tiempo y forma.
Descargo presentado por el Club Cult. Hernández en tiempo y forma.
VISTO Y CONSIDERANDO.-
Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;
RESUELVE:
A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:
1ª. DIVISIÓN
a) Aplicar al jugador, Jumilla Gonzalo Javier, DNI Nº 44,702,832 del CLUB 9 de julio, seis fechas (6) de suspensión, según Art. 184 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
b) Aplicar al jugador, Kaboble Agustin, DNI Nº 39,384,912 del CLUB 9 de Julio, dos fecha (2) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, Miño Juan DNI Nº 40,806,279 del CLUB Martin Fierro, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 3, Lencina Rodrigo DNI Nº 34,679,819 del CLUB Peñarol, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Sainz Mauricio DNI Nº 38,861,932 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Follonier Matias DNI Nº 41,350,029 del CLUB Sirio Libanes, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P8 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, Arce Pablo DNI Nº 44,282799 del CLUB Sirio Libanes, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
h) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, Correa Santiago DNI Nº 46,391,710 del CLUB Sirio Libanes, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
i) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Valente Lucas DNI Nº 44,152,453 del CLUB Sirio Libanes, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
j) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Moreno Hernán DNI Nº 37,568,150 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
j) Aplicar al jugador, camiseta Nº 16, Godoy Germán DNI Nº 31,516,742 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art 207 Inc J Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
k) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, Mayer Valentin DNI Nº 43,827,493 del CLUB Cult. Hernández, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
l) Aplicar al jugador, camiseta Nº 1, Sartori Federico DNI Nº 44,165,428 del CLUB Cult. Hernández, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
m) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, Ronchi Mateo DNI Nº 40,774,387 del CLUB Cult. Hernández, dos fechas (2) de suspensión, según Art 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Sotier Nestor Gabriel DNI Nº 46,861,570 del CLUB Ferro Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Cabral Walter DNI Nº 46,861,570 del CLUB Peñarol, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Lanfranco Lucas DNI Nº 39,838,345 del CLUB D. Libertad, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Martínez Catriel DNI Nº 38,515,689 del CLUB D. Libertad, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Vignola Agustin DNI Nº 40,992,461 del CLUB 25 de Mayo, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Leiva Enzo DNI Nº 43,349,403 del CLUB Central Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Waigandt Kevin DNI Nº 42,800,879 del CLUB Nobleza, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Pavetti Natanael DNI Nº 49,510,853 del CLUB Atl. Macia, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Mendieta Santino DNI Nº 46,603,712 del CLUB Ferrocarril S.L, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Carrara Rodriguez DNI Nº 43,660,669 del CLUB Atl. Tala, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Aplicar al jugador, Estigarribia Gonzalo DNI Nº 41.044.047 del CLUB Unión Solense, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Sub 23
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Romero Eduardo M, DNI Nº 34,904,921 del CLUB Atl. Tala, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, González Santamaria M, DNI Nº 43,148,828 del CLUB Atl. Tala, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Larrosa Ricardo, DNI Nº 38,262,027 del CLUB Martín Fierro, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
NOTA.
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)
TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás