Fallos Fecha Nº 6 Torneo 2022

UDL Torneo 2022 - Boletín Nº 6


UDL Torneo Apertura 2022 - Boletín N.º6 -19/05/ 22
TRIBUNAL DE PENAS: ROBLEDO MIGUEL, ESPINOSA DANIEL, REMERSARO JORGE

Notas de Entrada:
• Pedido de reconsideración de fallo solicitado por el Sr. Nasif, Rubén Rene, presentado en tiempo y forma, pasa a estudio, reservándose este tribunal ampliar o disminuir sanción pre establecida. Art. 32/33
• Pedido de informe solicitado por Seguridad Deportiva de la Jefatura Departamental Tala.
• Descargo presentado por el Club Atlético y Deportivo Roma de Ramírez, presentado en tiempo y forma.
• Descargo presentado por el Club Atletico Sarmiento, en referencia a protesta presentada por la Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel, presentada en tiempo y forma
• Descargo presentado por el jugador Rosal, Fernando Agustín, presentado en tiempo y forma.
• Descargo presentado por el Sr. Miguel Salgaro, presentado en tiempo y forma.


EXPEDIENTE N° 2/2022 PROTESTA PARTIDO DISPUTADO ENTRE ASOCIACION CIVIL Y DEPORTIVA 5TO CUARTEL VS CLUB ATLETICO SARMIENTO
Y VISTO QUE: En oportunidad de haberse desarrollado el partido entre los clubes Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel vs Club Atletico Sarmiento el día 08 de mayo del 2.022, en el estadio del Club Deportivo 25 de mayo, en categoría primera división, correspondiente a la quinta fecha de la Unión Deportiva de Ligas, la Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel inicia una protesta correspondiente al ingreso del jugador N° 12 quien reemplaza a un jugador de campo. Una vez ingresada la misma se toma como presentada en tiempo y forma para que el Club Atletico Sarmiento formule su defensa, siendo esta presentada en dentro de los plazos correspondientes y de las formas que exige el R.T.P.,
Y CONSIDERANDO QUE: las pruebas aportadas por la Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel con respecto al reclamo son la planilla del encuentro en donde se ve claramente que el jugador N° 12, a quien le corresponde según nuestro reglamento el puesto de arquero suplente, ingresa en reemplazo de un jugador de campo N° 8, y que de acuerdo a lo que establece el artículo 15, “ PLANILLAS: Cada club deberá contar con su planilla respectiva, la cual deberá realizarse por triplicado y deberá comenzarse a confeccionar 30 minutos antes de cada encuentro y terminada antes de disputar el encuentro, cumplimentando todas las disposiciones reglamentarias. Las planillas deberán ser firmadas y controladas por la terna arbitral y los delegados de cada club. El número de jugadores en planilla es de 16 jugadores como máximo, las camisetas a usar deberán estar numeradas del 1 al 16 y los jugadores titulares deberán ingresar al campo de juego del 1 al 11 y del 12 al 16 serán suplentes. Queda reservado el N.º 12 únicamente para el arquero suplente. Cada equipo dispondrá de tres oportunidades para realizar las cinco sustituciones que autorizan las reglas de juego, las que también se podrán llevar a cabo durante el descanso. Además del Reglamento de A.FA. QUE ESTABLECE EN EL CAPITULO OBLIGACIONES DE LOS JUGADORES, en su articulo N° 208 lo siguiente: OBLIGACIONES DE LOS JUGADORES Art. 208º.- En los partidos oficiales es obligatorio que los jugadores vistan correctamente el correspondiente uniforme que consistirá en: camisa o camiseta, pantalón corto, medias, y botines de fútbol. Podrán usar también: tobilleras, musleras, rodilleras y/o muñequeras elásticas, con la obligación del uso de canilleras o espinilleras. Los colores de su camisa o camiseta, pantalón y medias, serán los adoptados por cada club y comunicados a la A.F.A.. La vestimenta del arquero debe llevar colores que la distinga de sus compañeros. Por lo tanto, puede utilizar un pantalón que no sea el mismo color que el de los otros jugadores de su equipo y debe ser de un color distinto a los del equipo contrario. Además, el arquero podrá usar gorra, visera o vincha, guantes y pantalón buzo largo deportivo. Si en ocasión de un partido los colores de la camiseta o camisa del equipo que actúa como visitante fuesen iguales o pudiesen confundirse con los del equipo local, éste deberá cambiarlo utilizando los que haya comunicado a la A.F.A. como colores sustitutos. El árbitro es la autoridad competente para ordenar que un equipo o el arquero cambie los colores de la indumentaria deportiva. Cada club comunicará a la A.F.A., los colores y características de la camisa o camiseta, pantalón y medias que usarán los jugadores de su equipo, como así también los Reglamento General 49 correspondientes a la vestimenta de su institución para los casos en que corresponda cambiarlos. Ningún club podrá utilizar como vestimenta de sustitución los colores y características del uniforme correspondiente a otro club. Cada jugador de un equipo llevará en la parte posterior de la camisa o camiseta y en la parte delantera derecha del pantalón, un número del 1 al 11, correspondiendo que el arquero ostente el número 1. Los jugadores que ingresen como sustitutos, llevarán los números 12, 13, 14, 15 ó 16, sin determinación expresa del puesto a ocupar, llegado el caso de tener que ingresar para sustituir a un jugador titular; correspondiendo al arquero suplente el número 12. Para la sustitución de jugadores, el asistente deportivo o el delegado en partidos en que no actúe asistente deportivo, exhibirá una tarjeta en la cual estará inserto el número del jugador que deberá ser reemplazado. La tarjeta será presentada con el brazo en alto a efectos de su total visibilidad por parte del árbitro, del capitán del equipo y del jugador que será reemplazado, quien deberá retirarse del campo de juego antes del ingreso de su sustituto. Los jugadores reemplazados podrán permanecer en el correspondiente banco de suplentes. Será obligación del club local la provisión de las tarjetas que serán de color blanco de 20 cms. de alto por 15 cms. de ancho; y el número, de color negro, de 15 cms. de alto por 8 cms. de ancho. El número medirá 25 cms. de altura en la camiseta o camisa y 10 cms. en el pantalón; estará aplicado directamente sobre la camiseta o camisa o pantalón y será de color negro en camisetas, camisas o pantalones de colores claros y de color blanco si estos son de colores oscuros, pudiéndoseles rebordar con un vivo de color contrastante para su mejor visualización. Si el arquero es expulsado durante el desarrollo de un partido, podrá entrar a ocupar su lugar cualquiera de los sustitutos nombrados (si los hubiera), a condición de que otro jugador del mismo equipo se retire del juego y siempre que hasta ese momento el equipo que efectúa la sustitución no haya cumplimentado los reemplazos que autoriza la respectiva reglamentación. Los jugadores que hayan sido seleccionados para integrar los equipos representativos de la Asociación del Fútbol Argentino, deberán usar y utilizar los uniformes y elementos que la misma determine y provea. Con todos los elementos de pruebas, con los elementos obrantes en los reglamentos, este tribunal, sostiene que el lugar de la camiseta N° 12 se reserva, pura y exclusivamente para el arquero suplente, pudiendo ocupar este el puesto de arquero más allá del cambio táctico que se puede realizar previa a esta situación, que por lo tanto la inhabilitación que se reclama no es el hecho de la situación del jugador en sí, sino el puesto que tenía que ocupar, y ahí surge la ventaja deportiva, además de no haberlo dejado aclarado en la planilla a esta situación antes del inicio del encuentro si es que podría llegar a ocurrir esto, siendo esta la regla principal. El árbitro del encuentro no puede negar a las personas que están reglamentariamente autorizadas en lo que respecta a los jugadores la posibilidad de jugar, luego cada uno será responsable de habilitación de los mismos, entendiéndose que esto es futbol aficionado, amateurs, más allá que con el futbol profesional tenga algunas cosas parecidas, similares, e iguales, cada liga o en este caso la unión deportiva de las tres ligas tienen un reglamento interno propio a los cuales las instituciones se adhieren desde el primer momento que firman el mismo, para disputar el torneo, por todo esto:
RESUELVE
• Dar por ganado el partido en primera división, al Club Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel vs el Club Atletico Sarmiento, por el resultado de 2 a 0, encuentro disputado el día 08 de mayo del 2.022, en el estadio del Club Deportivo 25 de mayo de la ciudad de Victoria, de acuerdo a lo que establece el Art. 152 del R.T.P., y proceder a la devolución del importe pagado en concepto de Derecho de Protesta, según lo establece el Art. 21 del R.T.P., Art. 32, Art. 33
• Dar por perdido el partido en primera División al Club Atletico Sarmiento vs Club Asociación Civil y Deportiva 5to Cuartel, por el resultado de 0 a 2, encuentro disputado el día 08 de mayo de 2.022, en el estadio del Club Deportivo 25 de mayo, en la ciudad de Victoria, de acuerdo a lo que establece el Art. 152 del R.T.P., por la inclusión indebida de un jugador según lo que establece el Art. 107, Punto A., y dejar sin efecto la sanción económica a la que hace referencia el Art. 21 (Motivos: la situación económica por la cual están atravesando las Instituciones Deportivas) Art. 32/33.( Art. 32 - El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 - La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
• Cobrarle al Club Atlético Sarmiento el importe de $ 10.000 (Pesos Diez Mil) en conceptos de Gastos Administrativos. Art. 32/33
• Léase, Comuníquese y Publíquese. -


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