Fallos Fecha Nº 12 Torneo Anual 2023

UDL Torneo Anual 2023


Nogoyá, 03 de Agosto de 2023.-

VISTO Y CONSIDERANDO.-

Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;

RESUELVE:
A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:

1ª. DIVISIÓN
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, Costa Saul, DNI Nº 44.368.189 del CLUB A. Tala, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P4 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Darrechon Luciano, DNI Nº 36.485.660 del CLUB Cult. Aranguren, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Romero Enzo, DNI Nº 46.318.107 del CLUB Peñarol, seis fechas (6) de suspensión, según Art. 207 Art. 184 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, Noguera Joaquin, DNI Nº 44.368.126 del CLUB Peñarol, tres fechas (3) de suspensión, según Art. 186 aArt 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, Cruz Maximiliano, DNI Nº 40.166.961 del CLUB Peñarol, un año (1 año) de suspensión, según Art. 183 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Blazon Maurizio, DNI Nº 37.547.531 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, Pascualin Cristian, DNI Nº 42.851.913 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) Aplicar al DT, Alzamendi Carlos, DNI Nº 36.876.622 del CLUB Peñarol, tres fechas (3) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

i) Aplicar al jugador, Rode Milton DNI Nº 42.070.949 del CLUB Ferro de Nogoya, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

j) Aplicar al jugador, Alvarez Agustin DNI Nº 43.114.772 del CLUB Cult. Hernandez, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

k) Aplicar al jugador, Aguierre Matias DNI Nº 40.168.386 del CLUB Cult. Hernandez, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

l) Aplicar al jugador, Dorsch Ezequiel DNI Nº 40.752.921 del CLUB Cult. Hernandez, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

m) Aplicar al jugador, Keber Laureano DNI Nº 36.273.967 del CLUB Unión Solense, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

n) Aplicar al jugador, Metz Agustin DNI Nº 43.414.073 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

o) Aplicar al jugador, Godoy Facundo DNI Nº 38.515.676 del CLUB Central Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

p) Aplicar al jugador, Otamendi Nazareno DNI Nº 46.152.314 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

q) Aplicar al jugador, Albornoz Alexander DNI Nº 46.080.713 del CLUB Atl. Macia, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.


Sancionar al Club Peñarol de Tala según art. 80 con 150 entradas (Valor Entrada), o en su defecto que el club reponga los objetos dañados y el faltante de dinero a la terna arbitral según cuenta en denuncia policial.


Sub 23
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 18, Villalba Francisco, DNI Nº 42.291.331 del CLUB Deportivo, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Daverio Augusto, DNI Nº 44.735.953 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 13, Turinetto Bautista, DNI Nº 46.603.731 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 14, Caceres Lautaro, DNI Nº 43.415.103 del CLUB Cult. Aranguren, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc. A P2 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, Penco Bruno, DNI Nº 37.545.091 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

NOTA.
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás


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