Fallos Fecha Nº 3 Torneo 2022

UDL Torneo 2022 - Boletín Nº 3


UDL Torneo Apertura 2022 - Boletín N.º 3 -28/04/22
TRIBUNAL DE PENAS: ROBLEDO MIGUEL, ESPINOSA DANIEL, REMERSARO JORGE
Notas de entrada:
• Descargo presentado por el Club 9 de Julio de Nogoya, presentado en tiempo y forma.
• Pedido de reconsideración solicitado por el Club Cultural Hernández, presentado en tiempo y forma, no da a lugar.
• Descargo presentado por el responsable Técnico del Club A. Huracán, presentado en tiempo y forma.

FALLO: PROTESTA DEL PARTIDO DISPUTADO ENTRE EL CLUB 9 DE JULIO (NOGOYA) VS CLUB ATLETICO LUCAS GONZALEZ EL DIA 17/04/2022 EN PRIMERA DIVISION
ESTE TRIBUNAL RESUELVE:

• Club 9 DE JULIO (NOGOYA) : dar por perdido el partido en PRIMERA DIVISION contra el Club Atlético Lucas González , disputado el día 17 de Abril de 2.022 , en el estadio del Club Sirio Libanes de la ciudad de Nogoyá, por el resultado de 0-2 de acuerdo a lo que establece el Art. 152 RTP, por la inclusión indebida de un jugador expulsado, que participo del encuentro, de acuerdo a lo que establece el Art. 107, Punto A., y dejar sin efecto la sanción económica a la que hace referencia el Art. 21 (Motivos: la situación económica por la cual están atravesando las Instituciones Deportivas) Art. 32/33.( Art. 32 - El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 - La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
• Cobrarle al Club 9 de Julio de Nogoyá el importe de $ 5.000 (Pesos Cinco Mil) en conceptos de Gastos Administrativos. Art. 32/33
• Sancionar al jugador Acosta Daniel, DNI N° 37.293.395, jugador de 9 de Julio de Nogoya, con 2 (dos) fechas más de suspensión. Art.287 5 Art.32/33
• Club Atlético Lucas González _ dar por ganado el partido por el Resultado de 2 a 0, contra el equipo Club 9 de Julio (Nogoyá), encuentro disputado el día 17 de abril del 2.022, en el Estadio del Club Sirio Libanes de la ciudad de Nogoyá, de acuerdo a lo que establece el Art. 152, y proceder a la devolución del importe pagado en concepto de Derechos de protesta, según lo que establece el Art. 21 R.T.P. Art. 32/33.
• Léase, Comuníquese y Publíquese. -


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